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Canon de la UE / Informes de Sostenibilidad y Diligencia Debida

Hacer que las grandes empresas actúen, no solo informen: la CSDDD

La Directiva (UE) 2024/1760, Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa, exige que las grandes empresas que operan en la Unión identifiquen, prevengan, mitiguen, remedien y rindan cuentas públicamente sobre los impactos adversos en los derechos humanos y el medio ambiente en sus propias operaciones, sus filiales y su cadena de actividades, y que adopten un plan de transición climática compatible con 1,5 °C, respaldado por sanciones de hasta el 5 % de la facturación mundial neta y un régimen de responsabilidad civil armonizado.

CELEX 32024L1760 · Directiva Entrada en vigor 25 de julio de 2024 Plazo de transposición 26 de julio de 2027 (prorrogado) Arts 50 y 114 TFUE
Buques contenedores amarrados en una terminal en Hamburgo, representando la cadena de actividades ascendentes que la CSDDD requiere que las empresas verifiquen para daño a los derechos humanos y medio ambiente
Foto: Wolfgang Weiser a través de Pexels | La diligencia debida ahora sigue las mercancías, desde el abastecimiento hasta los propios productos de la empresa
€450m + 1,000
umbral de facturación y personal
Empresas de la UE: más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de facturación mundial neta (artículo 2)
26 Jul 2027
plazo de transposición, prorrogado
Prorrogado un año respecto al 26 de julio de 2026 por la Directiva (UE) 2025/794, la Parada del Reloj
5 % de facturación
límite mínimo de sanción
El artículo 27 limita las sanciones pecuniarias a no menos del 5 % de la facturación mundial neta
Artículo 29
responsabilidad civil armonizada
Régimen de toda la Unión que permite a las personas lesionadas, sindicatos y ONG presentar demandas

Descripción general

Qué hace la Directiva, por qué existe y cómo está estructurada

La ley de diligencia debida horizontal obligatoria de la UE

La Directiva (UE) 2024/1760 de 13 de junio de 2024, la CSDDD, exige que las grandes empresas que operan en la Unión identifiquen, prevengan, mitiguen, remedien y rindan cuentas públicamente sobre los impactos adversos en los derechos humanos y el medio ambiente que surjan de sus propias operaciones, las operaciones de sus filiales y las operaciones de sus socios comerciales en la «cadena de actividades», actividades ascendentes más un conjunto limitado de actividades descendentes. También obliga a esas empresas a adoptar y poner en práctica un plan de transición climática compatible con el objetivo de 1,5 °C del Acuerdo de París y el objetivo de neutralidad climática de 2050 de la Ley del Clima Europeo.

La Directiva tiene 39 artículos y un Anexo, distribuidos en 5 capítulos, y abarca 54 páginas del Diario Oficial (DO L, 2024/1760, 5.7.2024).

Actuar, no solo informar

Mientras que la CSRD, Directiva (UE) 2022/2464, obliga a las empresas a informar información sobre sostenibilidad, la CSDDD las obliga a realizar diligencia debida, actuar sobre los hallazgos y compensar a las víctimas cuando no lo hacen. Junto con la CSRD, el SFDR (Reglamento (UE) 2019/2088) y el Reglamento de Taxonomía (Reglamento (UE) 2020/852), la CSDDD cierra el marco de financiación sostenible y conducta corporativa de la UE.

Una Directiva, no un Reglamento

La CSDDD no se aplica directamente. Cada Estado miembro debe transponerla a la ley nacional antes del plazo prorrogado de 26 de julio de 2027. Las obligaciones sustanciales de diligencia debida se aplican entonces empresa por empresa, onda por onda, a partir del 26 de julio de 2028 como mínimo.

Procedimiento y firma

La Directiva fue negociada bajo el procedimiento legislativo ordinario, expediente 2022/0051(COD), con base jurídica artículos 50(1), 50(2)(g) y 114 TFUE. La Comisión la propuso el 23 de febrero de 2022; después de triálogos controvertidos el Parlamento Europeo adoptó su posición el 24 de abril de 2024 y el Consejo adoptó formalmente el texto el 24 de mayo de 2024. Fue firmada en Bruselas el 13 de junio de 2024 por Roberta Metsola en nombre del Parlamento Europeo y Mathieu Michel en nombre del Consejo, publicada en DO L, 2024/1760 el 5 de julio de 2024, y entró en vigor el 25 de julio de 2024, el vigésimo día después de la publicación.

Controvertida desde el principio

La CSDDD es muy controvertida. El texto adoptado en 2024 ya era más estrecho que la propuesta original de la Comisión de 2022, COM(2022) 71 final. La Parada del Reloj, Directiva (UE) 2025/794, prorrogó la transposición y la aplicación de la Onda 1 un año en abril de 2025, y una propuesta sustancial separada de Omnibus I presentada el 26 de febrero de 2025 (COM(2025) 81 y COM(2025) 82) propone limitar la diligencia debida a operaciones propias y proveedores directos por defecto, suavizar la aplicación del artículo 22 y eliminar el régimen de responsabilidad civil armonizada del artículo 29. Ese Omnibus sustancial sigue bajo negociación de los colegisladores a mediados de 2026 y no debe confundirse con la Parada del Reloj, que ya es ley.

Parte de un marco más amplio de financiación sostenible y diligencia debida

La CSDDD es la hermana de conducta operacional de la CSRD, Directiva (UE) 2022/2464, que ya es una entrada del canon de Brubru. Mientras que la CSRD requiere la divulgación de procesos de diligencia debida y un plan de transición, la CSDDD requiere la diligencia debida y el plan de transición en sí, respaldados por sanciones y responsabilidad civil. Se considera que un plan de transición conforme a la CSRD satisface el artículo 22 de la CSDDD.

Qué hace la CSDDD

Los cinco pilares del mandato de diligencia debida

Proceso
Diligencia debida de 8 pasos
Arts 5-16
Integrar, identificar, priorizar, prevenir, remediar, comprometerse, notificar y monitorear la diligencia debida sobre derechos humanos y medio ambiente basada en riesgos
Alcance
Operaciones propias, filiales, cadena de actividades
Art 3(g)
Abastecimiento y fabricación ascendentes, más distribución descendente limitada que un socio comercial realiza para la empresa
Clima
Plan de transición
Art 22
Adoptar y poner en práctica un plan de mitigación climática compatible con 1,5 °C y neutralidad climática de 2050, actualizado cada 12 meses
Aplicación
Sanciones
Art 27
Límite de sanción pecuniaria no inferior al 5 % de la facturación mundial neta, más una declaración pública de incumplimiento
Reparación
Responsabilidad civil
Art 29
Régimen de responsabilidad de la Unión, con acciones representativas de sindicatos, ONG e instituciones nacionales de derechos humanos

Cifras clave

Las cifras clave de la Directiva (UE) 2024/1760

>1,000
empleados, el umbral del alcance de la empresa de la UE
Art 2(1)(a)
€450m
umbral de facturación mundial neta
Art 2(1)(a)
5%
límite mínimo de sanción, de la facturación mundial neta
Art 27
3 ondas
aplicación por fases, primero las empresas más grandes
Art 37
5 años
retención mínima de documentos
Art 5
39 artículos
longitud del texto operativo más Anexo I
DO L, 2024/1760

Requisitos principales, tema por tema

Alcance, el proceso de diligencia debida de 8 pasos, la cadena de actividades, el plan de transición, las sanciones y la responsabilidad civil

Alcance (Artículo 2)

La CSDDD se aplica a empresas de la UE con más de 1.000 empleados en promedio y facturación mundial neta superior a 450 millones de euros en el último ejercicio; a la matriz última de un grupo que cumple esa prueba sobre una base consolidada; y a arreglos de franquicia o licencia con regalías superiores a 22,5 millones de euros en la Unión combinadas con facturación superior a 80 millones de euros.

Las empresas de terceros países se incluyen en el alcance sobre una base equivalente y extraterritorial: facturación neta superior a 450 millones de euros en la Unión en el ejercicio anterior al último, o la matriz última de un grupo que cumple esa prueba, o el mismo umbral de franquicia medido en facturación de la Unión.

Los umbrales deben cumplirse durante dos ejercicios consecutivos para activar el alcance, y el alcance desaparece después de dos años consecutivos por debajo del umbral. Las sociedades holdings puras pueden ser eximidas cuando una filial de la Unión designada realiza los artículos 6 a 16 y el artículo 22 en su nombre. Los fondos de inversión alternativos y los OICVM están excluidos.

El proceso de diligencia debida de 8 pasos (Artículo 5)

1. Integrar
Integrar la diligencia debida en las políticas de la empresa y los sistemas de gestión de riesgos (Artículo 7).
2. Identificar y evaluar
Identificar y evaluar los impactos adversos reales y potenciales en los derechos humanos y el medio ambiente (Artículo 8).
3. Priorizar
Cuando la cobertura simultánea completa no es viable, priorizar los impactos adversos reales y potenciales por severidad y probabilidad (Artículo 9).
4. Prevenir, mitigar y poner fin
Prevenir y mitigar impactos adversos potenciales (Artículo 10) y poner fin a los impactos adversos reales o minimizar su alcance (Artículo 11).
5. Remediar
Proporcionar reparación para los impactos adversos reales que la empresa causó o contribuyó a causar (Artículo 12).
6. Comprometerse
Llevar a cabo diálogos significativos con las partes interesadas afectadas en etapas relevantes del proceso (Artículo 13).
7. Notificar y escuchar reclamaciones
Operar un mecanismo de notificación y procedimiento de reclamaciones abierto a las personas afectadas (Artículo 14).
8. Monitorear y comunicar
Monitorear la efectividad de las medidas de diligencia debida y comunicar públicamente sobre la diligencia debida al menos una vez al año (Artículos 15 y 16).

Las empresas deben retener documentación que demuestre el cumplimiento durante al menos 5 años.

Cadena de actividades (Artículo 3(g))

La CSDDD no usa «cadena de valor» de la manera en que lo hace la CSRD. En su lugar define una «cadena de actividades» más estrecha: actividades ascendentes que cubren diseño, extracción, abastecimiento, fabricación, transporte, almacenamiento y suministro de materias primas, productos y piezas; y actividades descendentes que cubren distribución, transporte y almacenamiento del producto propio de la empresa, pero solo cuando un socio comercial realiza esas actividades para la empresa o en su nombre.

La distribución, transporte y almacenamiento de productos sujetos a la Regulación (UE) 2021/821 de controles de exportación de doble uso, armas, municiones o materiales de guerra están excluidos una vez autorizada la exportación. La distribución de servicios financieros y los préstamos también están excluidos de la diligencia debida descendente. Esta restricción descendente es más estrecha que la propuesta original de la Comisión de 2022 y fue uno de los puntos más controvertidos durante los triálogos.

Plan de transición climática (Artículo 22)

Toda empresa dentro del alcance debe adoptar e implementar un plan de transición para la mitigación del cambio climático compatible con 1,5 °C y neutralidad climática de 2050. El plan debe contener objetivos limitados en el tiempo para 2030 y en pasos de 5 años hasta 2050, incluyendo reducción de gases de efecto invernadero absoluta para el alcance 1, alcance 2 y, cuando sea relevante, alcance 3 en cada categoría significativa; las palancas de descarbonización y acciones clave; cuantificación de inversión y financiamiento; y el papel de los órganos administrativos, de gestión y supervisión. El plan se actualiza cada 12 meses.

Cláusula de convalidación CSRD: una empresa que informa de un plan de transición bajo artículos 19a, 29a o 40a CSRD de la Directiva 2013/34/UE se considera que ha cumplido con el artículo 22(1) de la CSDDD.

Sanciones (Artículo 27)

Los Estados miembros deben establecer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias. El límite de sanción pecuniaria debe ser no inferior a 5 % de la facturación mundial neta del último ejercicio, facturación consolidada para los casos de empresa matriz del grupo. Cuando una sanción pecuniaria no se paga a tiempo, las autoridades de supervisión deben emitir una declaración pública nombrando a la empresa incumplidora. Las decisiones de sanción se publican, se mantienen disponibles durante al menos 5 años y se envían a la Red Europea de Autoridades de Supervisión establecida en el Artículo 28.

Responsabilidad civil (Artículo 29)

Los Estados miembros deben asegurar que una empresa pueda ser responsabilizada por daños cuando ha incumplido intencionalmente o negligentemente sus obligaciones del Artículo 10 o Artículo 11 destinadas a proteger a la persona, y ese incumplimiento causó daño a los intereses legalmente protegidos de la persona.

  • Una empresa no puede ser responsabilizada por daños causados solo por un socio comercial, una exclusión de causa concurrente
  • Indemnización completa solo, sin daños punitivos, múltiples o sobrecompensados
  • Período de limitación de al menos 5 años, que no comienza hasta que cese la infracción y el demandante conozca razonablemente del daño y del infractor
  • Los costos no deben ser prohibitivamente caros, y las medidas cautelares y órdenes de divulgación de pruebas están disponibles
  • Sindicatos, ONG e instituciones nacionales de derechos humanos pueden presentar acciones representativas con autorización de la parte lesionada
  • Aplicación imperativa obligatoria, el régimen se aplica incluso cuando la ley de otra manera aplicable no es la de un Estado miembro, una exclusión de Roma II

La responsabilidad civil del artículo 29 es la disposición más controvertida políticamente en la Directiva. La propuesta sustancial de Omnibus I la reemplazaría con una opción discrecional de Estado miembro, en lugar de un régimen armonizado de la Unión.

No confundir los dos tracks de Omnibus

La Directiva de Parada del Reloj (UE) 2025/794, adoptada el 14 de abril de 2025, solo proroga el plazo de transposición y la fecha de aplicación de la Onda 1 que se muestran en esta página. Ya es ley.

Una propuesta sustancial separada y aún controvertida de Omnibus, COM(2025) 81 y COM(2025) 82 del 26 de febrero de 2025, limitaría la diligencia debida por defecto a operaciones propias y proveedores directos de Nivel 1, eliminaría el régimen de responsabilidad civil armonizada del artículo 29, suavizaría la aplicación del artículo 22 y extendería el período de revisión del plan de transición más allá de 12 meses. Esa propuesta permanece bajo negociación de los colegisladores a mediados de 2026.

Ondas de aplicación

Tres ondas, todas prorrogadas un año por la Directiva de Parada del Reloj

Onda Umbral Fecha original Fecha prorrogada Estado
Transposición Los Estados miembros adoptan la ley de transposición nacional 26 de julio de 2026 26 de julio de 2027 Prorrogado 1 año por Dir (UE) 2025/794
Onda 1 >5.000 empleados y >1.500 millones de euros de facturación mundial (UE y no UE); Artículo 16 a partir del ejercicio que comienza el 1 de enero de 2029 26 de julio de 2027 26 de julio de 2028 Prorrogado 1 año por Dir (UE) 2025/794
Onda 2 >3.000 empleados y >900 millones de euros de facturación mundial; Artículo 16 a partir del ejercicio 2030 26 de julio de 2028 26 de julio de 2029 Prorrogado 1 año por Dir (UE) 2025/794
Onda 3 Todas las demás empresas dentro del alcance, Artículo 2(1)(a-c) y 2(2)(a-c), además de empresas de franquicia; Artículo 16 a partir del ejercicio 2030 26 de julio de 2029 26 de julio de 2030 Prorrogado 1 año por Dir (UE) 2025/794

Aproximadamente 6.000 empresas dentro del alcance, antes de cualquier limitación de Omnibus

La Evaluación de Impacto de la Comisión de 2022 estimó aproximadamente 6.000 empresas de la UE y alrededor de 900 empresas de terceros países dentro del alcance al pleno despliegue. Esa estimación puede caer aún más si la propuesta sustancial de Omnibus I limita la obligación de diligencia debida y, indirectamente, la población efectivamente sujeta a aplicación.

CSDDD vs CSRD

Dos instrumentos hermanos, uno exige acción, el otro exige divulgación

Característica CSDDD, Directiva (UE) 2024/1760 CSRD, Directiva (UE) 2022/2464
Naturaleza de la obligación Realizar diligencia debida: identificar, prevenir, mitigar, remediar Informar información sobre sostenibilidad: divulgar, asegurar, etiquetar
Umbral de alcance >1.000 empleados y >450 millones de euros de facturación, aproximadamente 6.000 empresas 2 de 3 umbrales incluyendo >250 empleados, aproximadamente 50.000 empresas originalmente
Concepto de cadena gobernante «Cadena de actividades»: ascendente más descendente limitada (Art 3(g)) «Cadena de valor»: más amplia, cubre toda la información de sostenibilidad (Art 19a)
Plan de transición climática El artículo 22 obliga a la adopción e implementación, exigible El artículo 19a requiere la divulgación del plan; el cumplimiento de la CSRD se considera cumplimiento del Art 22 de la CSDDD
Aplicación Sanciones administrativas, límite de facturación ≥5 %, más responsabilidad civil del artículo 29 Sanciones por informes incumplidores o aseguramiento, sin régimen de responsabilidad civil dedicado
Plazo de transposición, prorrogado 26 de julio de 2027, prorrogado 1 año por Dir (UE) 2025/794 6 de julio de 2024, no afectado por la prórroga de transposición; solo las ondas 2 y 3 de la CSRD se desplazaron

Cronología legislativa

Procedimiento 2022/0051(COD), procedimiento legislativo ordinario. Archivo cerrado: la CSDDD está adoptada, en vigor y bajo implementación; el Omnibus sustancial es un archivo separado aún abierto

2011
Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, junto con las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, proporcionan el estándar internacional de diligencia debida que la CSDDD más tarde codifica como ley de la UE dura.
2017
Ley de Vigilancia francesa se convierte en la primera ley nacional obligatoria de diligencia debida de derechos humanos en la Unión, y un precedente directo para la CSDDD.
2021
Lieferkettengesetz alemana, la Ley de Diligencia Debida en Cadena de Suministro, está adoptada, profundizando el mosaico de leyes nacionales de diligencia debida que la Comisión cita para justificar la armonización a nivel de la Unión.
23 de febrero de 2022
Propuesta de la Comisión COM(2022) 71 final lanza el archivo CSDDD.
2022 a 2024
Negociaciones de triloque controvertidas, con una presión importante de Alemania y Francia; el texto se reduce varias veces, particularmente en el alcance descendente y la responsabilidad civil.
24 de abril de 2024
Posición del Parlamento Europeo adoptada.
24 de mayo de 2024
Adopción formal del Consejo del texto acordado, bajo la Presidencia de Bélgica.
13 de junio de 2024
CSDDD firmada en Bruselas por Roberta Metsola en nombre del Parlamento Europeo y Mathieu Michel en nombre del Consejo.
5 de julio de 2024
Publicación en el DO, DO L, 2024/1760.
25 de julio de 2024
Entrada en vigor, el vigésimo día después de la publicación en el DO.
26 de febrero de 2025
Propuesta de Omnibus I de la Comisión, COM(2025) 81 y COM(2025) 82, presentadas como parte del paquete de simplificación de sostenibilidad.
14 de abril de 2025
Directiva de Parada del Reloj (UE) 2025/794 proroga la transposición y la Onda 1 un año; la negociación sustancial de Omnibus continúa por separado hasta 2026.
Actos de la UE relacionados referenciados en toda esta Directiva

La CSDDD no se mantiene sola. Más allá de los instrumentos que enmienda directamente, el texto operativo llega a un conjunto más amplio de ley de la UE:

  • Directiva (UE) 2022/2464, CSRD, es el mandato de informes hermano; un plan de transición conforme a la CSRD se considera que satisface el artículo 22 de la CSDDD
  • Directiva 2013/34/UE, la Directiva de Contabilidad, alberga los artículos de informe del plan de transición CSRD 19a, 29a y 40a a los que se refiere la cláusula de convalidación CSDDD
  • Reglamento (UE) 2021/1119, la Ley del Clima Europeo, ancla el punto de referencia de neutralidad climática de 2050 contra el que se mide el plan de transición del artículo 22
  • Directiva (UE) 2019/1937, la Directiva de Protección de Denunciantes, es enmendada por el artículo 32 de la CSDDD
  • Reglamento (UE) 2023/2859, el Punto Único de Acceso Europeo, es enmendado por el artículo 33 de la CSDDD
  • Reglamento (UE) 2021/821, controles de exportación de doble uso, se hace referencia en la exclusión de cadena de actividades del Artículo 3(g)

Cómo los Estados miembros la están transponiendo

Un plazo prorrogado al 26 de julio de 2027, y aún no alcanzado por ningún Estado miembro

La CSDDD no es directamente aplicable: cada Estado miembro debe escribirla en la ley nacional. El plazo original de 26 de julio de 2026 fue prorrogado un año, a 26 de julio de 2027, por la Directiva (UE) 2025/794, la Parada del Reloj, adoptada el 14 de abril de 2025. A mediados de 2026 ningún Estado miembro ha notificado aún una medida de transposición nacional, porque el plazo prorrogado aún se encuentra a más de un año de distancia. El mapa a continuación muestra los 27 Estados miembros en el mismo estado pendiente; la lista autorizada y continuamente actualizada de medidas de transposición nacional a medida que se notifican está en EUR-Lex (Medidas de transposición nacional).

Pendiente, plazo de transposición 26 de julio de 2027 (prorrogado desde 26 de julio de 2026)

Haga clic en un marcador de Estado miembro para su estado contra el plazo prorrogado de 26 de julio de 2027. El estado mostrado refleja el conjunto de datos de Brubru verificado en agosto de 2026; no es un sustituto de la página en vivo de EUR-Lex sobre Medidas de Implementación Nacional, que mostrará la fecha de notificación exacta una vez que algún Estado miembro transponga.

Glosario

Términos clave como se usan en la Directiva (UE) 2024/1760

CSDDD
Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa, Directiva (UE) 2024/1760: la ley obligatoria de diligencia debida horizontal de derechos humanos y medio ambiente de la UE para grandes empresas.
CS3D
La abreviatura alternativa de la Directiva, utilizada indistintamente con CSDDD en comentarios institucionales, de prensa y ONG de la UE.
Impacto adverso
Un efecto negativo real o potencial en los derechos humanos protegidos o intereses ambientales enumerados en el Anexo I, que surge de las operaciones propias de una empresa, sus filiales o su cadena de actividades.
Cadena de actividades
El concepto del Artículo 3(g) que cubre actividades ascendentes como diseño, abastecimiento, fabricación y transporte, más actividades descendentes limitadas que un socio comercial realiza para o en nombre de la empresa.
Socio comercial
Una entidad con la que la empresa tiene una relación comercial conectada a sus operaciones, productos o servicios, ya sea directa o indirecta.
Empresa matriz última
La empresa en la parte superior de un grupo que controla, directa o indirectamente, una o más filiales, y cuyos umbrales del Artículo 2 se evalúan sobre una base consolidada.
Parte interesada
Personas y grupos cuyos derechos o intereses son o podrían ser afectados por los productos, servicios y operaciones de una empresa, incluyendo trabajadores, sindicatos, comunidades y sus representantes legítimos, comprometidos bajo el Artículo 13.
Reparación
Restaurar una persona afectada, o el medio ambiente afectado, a una situación equivalente o lo más cercana posible a la que estaría si el impacto adverso no hubiera ocurrido, bajo el Artículo 12.
Diálogo significativo
El requisito del Artículo 13 de consultar a las partes interesadas afectadas de buena fe en etapas relevantes de la diligencia debida, intercambiando información y considerando sus puntos de vista.
Mecanismo de notificación
El canal del Artículo 14 a través del cual personas afectadas, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil pueden plantear preocupaciones sobre impactos adversos reales o potenciales.
Medidas apropiadas
Las acciones proporcionadas y efectivas que una empresa debe tomar en cada paso de la diligencia debida, calibradas a la severidad y probabilidad del impacto y la palanca y recursos propios de la empresa.
Severidad del impacto adverso
Un factor utilizado para priorizar qué impactos adversos abordar primero bajo el Artículo 9, evaluado por escala, alcance y carácter irremediable.
Plan de transición
El plan de mitigación del cambio climático del Artículo 22 que toda empresa dentro del alcance debe adoptar e implementar, con objetivos limitados en tiempo para 2030 y pasos de 5 años hasta 2050, compatible con 1,5 °C.
Responsabilidad civil
El régimen del Artículo 29 bajo el cual una empresa puede ser responsabilizada por daños causados por su incumplimiento intencional o negligente de los Artículos 10 u 11.
Aplicación imperativa obligatoria
La regla del Artículo 29(7) que asegura que los reclamos de responsabilidad civil se apliquen incluso cuando la ley de otra manera aplicable, bajo Roma II, no es la de un Estado miembro.
Omnibus I
El paquete de febrero de 2025 de la Comisión que propone limitar el alcance de la diligencia debida de la CSDDD, eliminar el régimen de responsabilidad civil armonizada y suavizar la aplicación del artículo 22, distinto de la Directiva de Parada del Reloj ya adoptada.

Fuentes oficiales

Fuentes primarias para la Directiva (UE) 2024/1760

EUR-Lex: acto base

Texto completo de la Directiva (UE) 2024/1760 de 13 de junio de 2024, sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa:

https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2024/1760/oj/eng

Número CELEX: 32024L1760 | Referencia OJ: DO L, 2024/1760, 5.7.2024

Archivo de procedimiento OEIL

El historial legislativo completo del procedimiento 2022/0051(COD), rastreando cada lectura y paso de triloque:

https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/en/procedure-file?reference=2022/0051(COD)

Directiva de Parada del Reloj (UE) 2025/794

La Directiva que proroga la transposición y la aplicación de la Onda 1 un año, parte del paquete de simplificación de sostenibilidad Omnibus I:

https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2025/794/oj/eng

Propuesta Omnibus I de la Comisión, COM(2025) 81

La propuesta sustancial aún controvertida que limita el alcance de la diligencia debida de la CSDDD, suaviza el artículo 22 y elimina la responsabilidad civil del artículo 29:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:52025PC0081

Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos

El marco internacional de 2011 cuya lógica de «identificar, prevenir, mitigar, remediar» la CSDDD codifica como ley vinculante de la UE:

https://www.ohchr.org/en/publications/reference-publications/guiding-principles-business-and-human-rights

Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales

Las directrices de conducta empresarial responsable de la OCDE de 2023, un estándar internacional complementario junto a los Principios Rectores de las Naciones Unidas:

https://mneguidelines.oecd.org/mneguidelines/


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