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Canon de la UE / Derecho de ayudas estatales de la UE

La Decisión de ayudas estatales de Amazon Luxemburgo

La Decisión de la Comisión (UE) 2018/859 determinó que un acuerdo previo sobre ingresos de rentas en Luxemburgo avaló una regalía intragrupo inflada que erosionó los beneficios imponibles de la empresa operadora de Amazon y los canalizó hacia una asociación pantalla. La Comisión ordenó la recuperación de aproximadamente 250 millones de EUR. Los tribunales de la UE posteriormente anularon la decisión.

Adoptada 4 de octubre de 2017 DO L 153, 15.6.2018, p. 1 CELEX 32018D0859 Art 107(1) y 108(2) TFUE
Cajas de cartón apiladas en un almacén, representando las operaciones logísticas a gran escala de Amazon en Europa
Foto: Kindel Media vía Pexels
~250 M€
Cantidad estimada de ayuda
Impuesto sobre sociedades no pagado, 2006-2014, según la metodología de cálculo de la Comisión
8
Años fiscales cubiertos
2006 a 2014; el APR de 2003 estuvo en vigor durante 11 años antes de que Amazon lo retirara
3
Errores metodológicos
Parte testeada incorrecta; indicador de nivel de beneficio circular; collar de ingresos; cada uno distorsionó independientemente el resultado de precio de plena competencia
Anulada
Resultado de la decisión
Tribunal General 12 de mayo de 2021; TJUE rechazó el recurso de la Comisión 14 de diciembre de 2023

Lo que sucedió

La conclusión de la Comisión, en lenguaje claro

Resumen en un párrafo

Entre 2003 y 2014, Amazon canalizó todas sus ventas minoristas europeas a través de una empresa operadora en Luxemburgo, Amazon EU S.à r.l. (conocida internamente como LuxOpCo). Conforme a un acuerdo previo sobre ingresos de rentas acordado con Luxemburgo, LuxOpCo pagaba una regalía importante a una segunda entidad luxemburguesa, Amazon Europe Holding Technologies SCS (LuxSCS), por el derecho a utilizar la propiedad intelectual europea de Amazon. Esa regalía absorbía la mayoría de los beneficios de LuxOpCo, dejando sólo un margen pequeño y benchmarkeado como ingreso imponible en Luxemburgo. LuxSCS, que no tenía empleados y no realizaba funciones comerciales reales, no estaba sujeta a impuestos en Luxemburgo porque era una asociación transparente; su ingreso se diferían en los Estados Unidos conforme a un acuerdo fiscal híbrido. La Comisión Europea determinó en octubre de 2017 que el acuerdo previo avaló una metodología de fijación de precios de transferencia que no tenía relación con la realidad económica: LuxOpCo hacía todo el trabajo, pero LuxSCS recibía la mayoría de la recompensa. La ventaja fiscal selectiva conferida a Amazon era aproximadamente de 250 millones de EUR. Luxemburgo fue ordenado a recuperar esa cantidad con intereses. Tanto Amazon como Luxemburgo impugnaron la decisión; los tribunales de la UE finalmente la anularon en 2021 y confirmaron la anulación en 2023, por lo que no se llevó a cabo recuperación alguna.

Por qué este caso es importante

La decisión sobre Amazon es una de las investigaciones emblemáticas de la Comisión sobre ayudas estatales y fijación de precios de transferencia, junto con los casos paralelos contra Starbucks (Países Bajos), Fiat Chrysler (Luxemburgo) y Apple (Irlanda). En conjunto, representan un esfuerzo sistemático de la Comisión por aplicar las normas sobre ayudas estatales a las resoluciones fiscales nacionales que se desvían del principio de precio de plena competencia, tratando las ventajas fiscales individuales como subvenciones ilegales sujetas a recuperación.

Los resultados de litigio en los casos de Amazon y Apple, ambos anulados en apelación, han planteado cuestiones fundamentales sobre los límites de la competencia de la Comisión en materia fiscal, el estándar probatorio requerido para establecer una ventaja selectiva y la relación entre la ley de ayudas estatales de la UE y las Directrices de Transferencias Internacionales de la OCDE. Los casos impulsaron una discusión significativa sobre reforma e influyeron en las Directivas Antielusión Fiscal de la UE (ATAD 1 y 2).

La empresa y la medida

La estructura europea de Amazon y el acuerdo previo sobre ingresos de rentas que desencadenó la investigación

LuxOpCo: la entidad operadora

Amazon EU S.à r.l. (LuxOpCo) fue el centro neurálgico europeo de Amazon, constituida en Luxemburgo. Empleaba a la fuerza laboral europea, gestionaba almacenes y logística, dirigía los sitios web minoristas, celebraba contratos con clientes en todos los Estados Miembros de la UE y desarrollaba y mejoraba diariamente la plataforma tecnológica de Amazon. Todos los ingresos europeos se registraban a través de LuxOpCo. Para 2013, esos ingresos superaban los 13 mil millones de EUR.

A pesar de realizar todas estas actividades generadoras de valor, el ingreso imponible de LuxOpCo en Luxemburgo estaba estructuralmente limitado por la regalía que debía a LuxSCS, dejándole solo un margen operativo pequeño y benchmarkeado.

LuxSCS: la asociación holding de propiedad intelectual

Amazon Europe Holding Technologies SCS (LuxSCS) fue una sociedad en comandita simple luxemburguesa (société en commandite simple) cuyos socios eran dos entidades estadounidenses: Amazon Technologies Inc. (ATI) y A9.com Inc., tenidas por medio de una empresa holding estadounidense intermedia. LuxSCS tenía derechos sobre la propiedad intelectual europea de Amazon bajo un Acuerdo de Distribución de Costos y un Acuerdo de Compra-Entrada con las entidades estadounidenses.

LuxSCS no tenía empleados. No realizaba investigación y desarrollo, no realizaba marketing, no realizaba logística y no realizaba funciones de cara al cliente. No gestionaba activamente la propiedad intelectual ni tomaba decisiones estratégicas al respecto. Su única función era tener titularidad legal y recibir la regalía de LuxOpCo.

El acuerdo previo sobre ingresos de rentas de 2003 y su renovación

En 2003, Amazon solicitó y obtuvo un acuerdo previo sobre ingresos de rentas (APR) de las autoridades fiscales de Luxemburgo. El acuerdo confirmó cómo se calcularía el beneficio imponible de LuxOpCo: la regalía a LuxSCS se establecería igual al beneficio operativo real de LuxOpCo menos una rentabilidad de rutina benchmarkeada, definida como aproximadamente [4-6]% del costo operativo total (OpEx) de LuxOpCo, sujeto a un piso del 0,45% y un techo del 0,55% de los ingresos europeos.

En la práctica, conforme Amazon creció rápidamente, también lo hizo la regalía. La fórmula aseguró que la regalía absorbiera virtualmente toda la plusvalía de la expansión europea de Amazon, dejando a LuxOpCo con un margen pequeño y fijo de porcentaje. El acuerdo fue renovado en 2011 con términos sustancialmente similares. El mismo Amazon retiró el APR en 2014 después de que la Comisión abriera su investigación formal.

El desajuste híbrido: imposición cero sobre los ingresos de regalías

El acuerdo produjo un resultado de no imposición efectiva a nivel de grupo. LuxSCS era transparente para fines fiscales de Luxemburgo: no estaba sujeta a impuestos en Luxemburgo. Bajo una elección estadounidense "check-the-box", sin embargo, los socios estadounidenses de LuxSCS la trataban como una corporación (no una asociación transparente) para fines fiscales estadounidenses, lo que significa que su ingreso luxemburgués se clasificaba como ingreso de corporación controlada extranjera para las entidades estadounidenses. Conforme a las normas estadounidenses entonces vigentes, ese ingreso no estaba sujeto a impuestos en los Estados Unidos hasta que fuera repatriado.

El resultado práctico: LuxOpCo pagaba impuesto sobre sociedades de Luxemburgo solo sobre su margen pequeño; los ingresos de regalías en LuxSCS no estaban sujetos a impuestos en Luxemburgo (entidad transparente) ni actualmente a impuestos en los Estados Unidos (diferencia de CFC). Este desajuste híbrido permitió a Amazon acumular grandes reservas no gravadas en Luxemburgo.

Decisión y recuperación

Lo que la Comisión ordenó y cómo se debía calcular la recuperación

La decisión de la Comisión de 4 de octubre de 2017

La Comisión adoptó la Decisión (UE) 2018/859 el 4 de octubre de 2017 (publicada en el DO el 15 de junio de 2018). La parte dispositiva consistía en cinco artículos:

  • Artículo 1: El acuerdo previo sobre ingresos de rentas de 2003, renovado en 2011, constituye ayuda estatal dentro del significado del artículo 107(1) TFUE, incompatible con el mercado interior.
  • Artículo 2: Luxemburgo recuperará de Amazon la ayuda incompatible, identificada como la diferencia entre el importe del impuesto sobre sociedades que LuxOpCo realmente pagó y el importe que habría pagado bajo un análisis de precio de plena competencia.
  • Artículo 3: La ayuda a recuperar incluye intereses compuestos desde la fecha en que la ayuda fue puesta a disposición de Amazon hasta la fecha de recuperación real.
  • Artículo 4: La recuperación se efectuará de manera inmediata y efectiva; Luxemburgo asegurará que esta decisión sea implementada dentro de cuatro meses de su notificación.
  • Artículo 5: Luxemburgo es el destinatario de esta decisión.
Cómo se debía calcular la recuperación (Considerandos 639-646)

La Comisión no estableció una cantidad fija de recuperación en la decisión misma. En su lugar, estableció una metodología para que Luxemburgo aplicara para cada año fiscal de 2006 a 2014:

  • Paso 1: Aplicar el TNMM correcto tratando a LuxSCS como la parte testeada y benchmarkeándola contra empresas comparables que realizaban funciones simples de holding o intermediación con bajo riesgo. Esto produce una rentabilidad rutinaria baja para LuxSCS.
  • Paso 2: Deducir esa rentabilidad rutinaria del beneficio real de LuxOpCo; el resto es el beneficio de precio de plena competencia atribuible a LuxOpCo.
  • Paso 3: Calcular la regalía que habría dado a LuxOpCo ese beneficio de precio de plena competencia. Esta es la regalía de precio de plena competencia.
  • Paso 4: La diferencia entre la regalía realmente pagada (más alta) y la regalía de precio de plena competencia (más baja) es la regalía en exceso que incorrectamente redujo la base imponible de LuxOpCo.
  • Paso 5: La ventaja fiscal para cada año es igual a la regalía en exceso multiplicada por la tasa de impuesto sobre sociedades aplicable de Luxemburgo.
  • Paso 6: Sumar todas las ventajas fiscales anuales durante el período 2006-2014. La Comisión indicó que el total estaba en el orden de 250 millones de EUR.

Luxemburgo fue requerido a completar este cálculo, presentarlo a la Comisión para aprobación, y efectuar la recuperación real dentro de cuatro meses de la notificación de la decisión.

Importante: la decisión fue posteriormente anulada

La decisión de la Comisión estableció la anterior orden y metodología. Sin embargo, tanto Amazon como Luxemburgo impugnaron la decisión ante el Tribunal General de la UE. El 12 de mayo de 2021, el Tribunal anuló la decisión en su totalidad, encontrando que la Comisión no había establecido al estándar legal requerido que el APR confiriera una ventaja selectiva a Amazon. La Comisión apeló; el Tribunal de Justicia rechazó el recurso el 14 de diciembre de 2023. La decisión, por lo tanto, no tiene fuerza legal y no se llevó a cabo recuperación alguna. Lo anterior describe el contenido y las conclusiones de la decisión misma, que fue la posición formal de la Comisión en el momento de su adopción.

La batalla judicial y el resultado final

De la anulación del Tribunal General al rechazo del TJUE

Anulación del Tribunal General: 12 de mayo de 2021 (Asuntos T-816/17 y T-318/18)

Amazon EU S.à r.l. y Amazon.com Inc. presentaron el primer recurso (T-816/17) en diciembre de 2017, inmediatamente después de la notificación de la decisión de la Comisión. Luxemburgo presentó su propio recurso (T-318/18) en marzo de 2018. Los dos asuntos fueron acumulados y fueron escuchados conjuntamente. El Tribunal General dictó su sentencia el 12 de mayo de 2021, anulando completamente la decisión de la Comisión.

Las principales conclusiones del Tribunal:

  • La Comisión tenía la carga de probar, a un estándar legal suficiente, que el APR confería una ventaja selectiva. Tenía que demostrar no solo que la metodología era diferente de la metodología correcta, sino que la metodología correcta habría producido un resultado tributario materialmente superior.
  • El cálculo alternativo de la Comisión (aplicando el TNMM a LuxSCS como la parte testeada) implicó opciones metodológicas para las que no había proporcionado justificación suficiente. El Tribunal encontró que la Comisión no podía simplemente afirmar que un benchmark diferente para LuxSCS habría producido una regalía sustancialmente más alta para LuxOpCo sin demostrarlo con comparables fiables.
  • Los tres errores identificados no fueron individualmente ni colectivamente mostrados de producir una reducción fiscal relativa a lo que hubiera sido debido conforme a la ley de Luxemburgo aplicando un análisis correcto de precio de plena competencia.
  • El Tribunal no encontró que la estructura fuera aceptable; solo encontró que la Comisión no había cumplido con la carga probatoria que le correspondía en el contexto procesal particular de una investigación individual de ayudas estatales.
Rechazo del Tribunal de Justicia: 14 de diciembre de 2023 (Asunto C-457/21 P)

La Comisión apeló la anulación del Tribunal General ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), argumentando que el tribunal inferior había aplicado un estándar probatorio incorrecto y no había dado el peso debido al análisis funcional de la Comisión de LuxSCS. El recurso fue escuchado por una sala de cinco jueces. El TJUE dictó su sentencia el 14 de diciembre de 2023, rechazando completamente el recurso de la Comisión.

El TJUE confirmó que:

  • El Tribunal General había identificado correctamente que la Comisión debe establecer una ventaja selectiva por referencia a las normas del sistema fiscal nacional relevante, no por referencia a un estándar de precio de plena competencia idealizado.
  • El análisis de la Comisión sobre las funciones de LuxSCS estaba insuficientemente respaldado para satisfacer el estándar de prueba requerido.
  • La Comisión no había demostrado que la variante específica del TNMM que consideraba correcta habría producido una regalía materialmente más baja y, por lo tanto, un beneficio imponible más alto para LuxOpCo.

Con la sentencia del TJUE, el caso fue definitivamente cerrado. No se ordenó recuperación alguna, y Amazon retuvo la ventaja fiscal que había disfrutado entre 2006 y 2014.

Lo que la anulación sí y no significa

La anulación de la decisión de la Comisión por parte de los tribunales no significa que el APR de Luxemburgo o la estructura fiscal de Amazon fue correcta, justa o consistente con el principio de precio de plena competencia. Significa solo que la Comisión no reunió evidencia suficiente para demostrar, en el marco legal específico de la ley de ayudas estatales de la UE, que LuxOpCo recibió una ventaja selectiva relativa a lo que la ley fiscal de Luxemburgo habría requerido conforme a un análisis de precio de plena competencia.

Las características estructurales del tipo involucrado (regalías grandes a entidades holding vacías, desajustes híbridos, cheques de caja sin cambio) ahora se abordan mediante Acciones BEPS 8-10 (integradas en las Directrices de la OCDE), ATAD 1 y 2 e Información País por País mejorada. La arquitectura legal del acuerdo original no sobreviviría al entorno regulatorio actual. La Comisión también ha conducido investigaciones adicionales de ayudas estatales en resoluciones comparables en otros Estados Miembros, aplicando lecciones del litigio de Amazon y Apple.

Qué significa para las empresas

Lecciones de cumplimiento para multinacionales y sus asesores

Estructuras de holding de propiedad intelectual

Una entidad que tiene propiedad intelectual dentro de un grupo corporativo debe tener sustancia económica genuina: empleados reales haciendo decisiones reales sobre desarrollo, explotación y protección de la propiedad intelectual. La asunción contractual de riesgo sin capacidad operativa para gestionarlo no será reconocida para fines de fijación de precios de transferencia.

Acuerdos previos sobre ingresos de rentas

Un APR o APA nacional no protege un acuerdo de la revisión de ayudas estatales de la Comisión. La Comisión evaluará si el resultado de fijación de precios sustantivo está dentro del rango de precio de plena competencia. Las multinacionales no deben tratar un APR como una aprobación definitiva para fines de fijación de precios de transferencia.

Acuerdos de desajuste híbrido

Las estructuras que explotan elecciones check-the-box, asociaciones transparentes u otras diferencias de clasificación legal para producir no tributación doble ahora son específicamente objetivo de ATAD 2 (Directiva 2017/952/UE), implementada en todos los Estados Miembros de la UE. Las nuevas estructuras no deben depender de desajustes híbridos como una característica de diseño principal.

Información País por País

Las multinacionales con ingresos consolidados por encima de 750 millones de EUR deben presentar una Información País por País mostrando beneficios, ingresos, empleados e impuestos pagados en cada jurisdicción. Los acuerdos que producen grandes reservas de beneficios en jurisdicciones de baja función son sistemáticamente señalados para selección de auditoría basada en riesgo por las autoridades fiscales nacionales, que comparten datos de Información País por País en toda la UE.

Acciones BEPS 8-10

Las Acciones BEPS 8-10 de la OCDE requieren que los resultados de fijación de precios de transferencia se alineen con la ubicación de creación de valor. Los beneficios deben ir a la entidad que realmente realiza funciones, utiliza activos y gestiona riesgos. Las directrices posteriores a BEPS ahora están integradas en las Directrices de Transferencias Internacionales de la OCDE y son aplicadas por las autoridades fiscales en todos los países del Marco Inclusivo.

Validez de resoluciones y períodos de revisión

Las resoluciones a largo plazo (el APR de Amazon cubrió 2003-2014, un período de once años) cierran supuestos metodológicos a lo largo de múltiples años fiscales. Las cláusulas de revisión periódica y los períodos de validez más cortos reducen tanto el riesgo regulatorio como la exposición de recuperación potencial. Las revisiones anuales de supuestos críticos ahora son estándar en APAs bien estructurados.

Cambios legislativos desde que se abrió la investigación de Amazon

El caso de Amazon fue uno de los catalizadores para una ola de reforma fiscal de la UE y la OCDE. Desde que la Comisión abrió su investigación en 2014, los siguientes instrumentos principales han entrado en vigor:

  • ATAD 1 (Directiva 2016/1164/UE): normas de limitación de intereses, impuesto de salida, regla general anti-abuso (RGAA), normas de corporación controlada extranjera, normas de desajuste híbrido.
  • ATAD 2 (Directiva 2017/952/UE): extiende las normas de desajuste híbrido a acuerdos de terceros países del tipo utilizado en la estructura de Amazon.
  • DAC4 (Directiva 2016/881/UE): implementa la Acción BEPS 13 (Información País por País) en toda la UE.
  • DAC6 (Directiva 2018/822/UE): divulgación obligatoria de acuerdos fiscales transfronterizos que cumplan con características especificadas, incluyendo desajuste híbrido y resoluciones confidenciales.
  • Pilar Dos (Directiva del Consejo 2022/2523/UE): impuesto sobre sociedades mínimo global del 15% para grandes grupos multinacionales, específicamente dirigido al resultado de tasa impositiva efectiva baja que la estructura de Amazon produjo.

En conjunto, estas medidas significan que las características estructurales que caracterizaban el acuerdo de Amazon (holdings de propiedad intelectual vacíos, desajustes híbridos, tasas efectivas muy bajas) son neutralizadas por un gravamen fiscal compensatorio, están requeridas de ser divulgadas o están sujetas a un gravamen fiscal mínimo de relleno.

Cronología

Eventos clave desde la primera resolución fiscal hasta el fallo judicial final

2003
Las autoridades fiscales de Luxemburgo emiten el acuerdo previo sobre ingresos de rentas a Amazon, avalando el acuerdo de regalía de LuxSCS/LuxOpCo conforme al Método de Márgenes Netos de Transacciones.
2006
Primer año fiscal afectado por el APR; la metodología de recuperación de la Comisión comienza desde este año como el año más antiguo para el cual datos fiables estaban disponibles.
2011
El APR es renovado con términos sustancialmente similares por las autoridades fiscales de Luxemburgo. Los ingresos europeos de Amazon en este momento han crecido sustancialmente desde la línea de base de 2003.
Octubre de 2014
La Comisión abre una investigación formal de ayudas estatales (SA.38944) sobre el APR de Luxemburgo. Amazon retira el APR tras la decisión de apertura. El año fiscal 2014 es el último año sujeto a los efectos del APR.
4 de octubre de 2017
La Comisión adopta la Decisión (UE) 2018/859, encontrando ayudas estatales incompatibles de aproximadamente 250 millones de EUR y ordenando a Luxemburgo recuperar la cantidad con intereses compuestos de Amazon.
15 de junio de 2018
La decisión se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea (DO L 153, p. 1), poniéndola a disposición del público en todos los idiomas oficiales de la UE.
Diciembre de 2017 a marzo de 2018
Amazon y Luxemburgo cada uno presentan recursos de anulación ante el Tribunal General de la UE (Asuntos T-816/17 y T-318/18 respectivamente). La recuperación se suspende en espera de litigio.
12 de mayo de 2021
El Tribunal General anula completamente la decisión de la Comisión, encontrando que la Comisión no ha establecido una ventaja selectiva al estándar legal requerido. Amazon y Luxemburgo prevalecen en primera instancia.
2021
La Comisión presenta un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE (Asunto C-457/21 P), cuestionando la evaluación del Tribunal General del estándar probatorio y el análisis funcional de la Comisión de LuxSCS.
14 de diciembre de 2023
El Tribunal de Justicia rechaza completamente el recurso de la Comisión, confirmando la anulación del Tribunal General. El caso está definitivamente cerrado. No se lleva a cabo recuperación; Amazon retiene la ventaja fiscal.

Preguntas frecuentes

Las preguntas más comúnmente hechas sobre este caso

¿Era la resolución fiscal de Luxemburgo ilegal?

La Comisión encontró que era ayudas estatales ilegales y ordenó la recuperación en 2017. El Tribunal General y el Tribunal de Justicia ambos no estuvieron de acuerdo, encontrando que la Comisión no había probado su caso al estándar requerido. La resolución, por lo tanto, no fue definitivamente encontrada de ser ilegal; la decisión de la Comisión fue anulada. Si el acuerdo fue problemático desde una perspectiva de política fiscal es una pregunta separada de si cumplió con la prueba legal específica para ayudas estatales.

¿Amazon pagó algún impuesto en absoluto sobre sus beneficios europeos?

Amazon pagó impuesto sobre sociedades de Luxemburgo sobre el margen rutinario benchmarkeado de LuxOpCo. Los ingresos de regalías que fluyeron a LuxSCS no estaban sujetos a impuestos en Luxemburgo (asociación transparente) y fueron diferidos en los Estados Unidos conforme a normas de corporación controlada extranjera. La tasa impositiva efectiva sobre el beneficio general canalizado a través de la estructura de LuxSCS/LuxOpCo fue sustancialmente más baja que la tasa estatutaria de Luxemburgo, aunque la cifra exacta no fue publicada. Después de la retirada del APR en 2014, Amazon reestructuró sus acuerdos fiscales europeos y comenzó a registrar ingresos a través de subsidiarias nacionales en cada Estado Miembro.

¿Qué es el principio de precio de plena competencia?

El principio de precio de plena competencia requiere que las transacciones entre empresas relacionadas (dentro del mismo grupo corporativo) sean fijadas en precios como si las empresas fueran independientes y actuaran en sus propios intereses comerciales. Si una regalía, préstamo o comisión intragrupo se desvía de lo que partes no relacionadas hubieran acordado, las autoridades fiscales pueden desestimar el precio acordado y sustituir un precio de plena competencia para fines fiscales. El principio está consagrado en el Artículo 9 de la Convención Modelo de la OCDE y en la ley doméstica de la mayoría de países, incluyendo la Ley de Ingresos del Impuesto sobre Sociedades de Luxemburgo.

¿Por qué los tribunales anularon la decisión de la Comisión?

Los tribunales encontraron que la Comisión no había reunido evidencia suficiente para demostrar que la carga fiscal de LuxOpCo era más baja de lo que hubiera sido conforme a un análisis correcto de precio de plena competencia aplicando la ley de Luxemburgo. La Comisión identificó errores metodológicos en el APR pero no, en opinión de los tribunales, probó con rigor adecuado que corregir esos errores habría producido un resultado fiscal materialmente superior. La carga de prueba en casos de ayudas estatales recae en la Comisión, y los tribunales sostuvieron que no la había cumplido.

¿Cómo se relaciona este caso con el caso de Apple Irlanda?

El caso de Apple (SA.38373, Decisión de la Comisión 2017/1283) se refería a los dictámenes previos de las Comisionarías de Hacienda Irlandesa que la Comisión dijo permitieron a Apple atribuir la mayoría de sus beneficios europeos a "oficinas centrales" sin estado de "head offices" de dos empresas irlandesas, resultando en una tasa impositiva efectiva muy baja. La Comisión ordenó a Irlanda recuperar aproximadamente 13 mil millones de EUR. Como Amazon, Apple e Irlanda impugnaron; el Tribunal General anuló en 2020, pero en un giro sorprendente el Tribunal de Justicia revirtió la anulación del Tribunal General en septiembre de 2024 y confirmó la conclusión original de la Comisión. Apple fue, por lo tanto, requerida de pagar impuestos no pagados. Los dos casos ilustran cómo los resultados en el TJUE pueden variar significativamente dependiendo del registro de evidencia específico y argumentos legales en cada caso.

¿Podrían ser configuradas estructuras similares hoy?

En gran medida no. Varios cambios legales desde 2014 hacen la estructura original de Amazon imposible o significativamente más cara desde una perspectiva fiscal. ATAD 2 neutraliza desajustes híbridos del tipo LuxSCS. Las Acciones BEPS 8-10, ahora integradas en las Directrices de Transferencias Internacionales de la OCDE, requieren que la atribución de beneficios se alinee con la creación de valor, no acuerdos contractuales. Pilar Dos (impuesto mínimo global, efectivo desde 2024 para grandes grupos) impone un gravamen de relleno para asegurar una tasa efectiva mínima del 15% en cada jurisdicción. DAC6 requiere divulgación de acuerdos con características similares a la estructura de Amazon. Y la Información País por País significa que jurisdicciones de alto beneficio, bajo empleado en cualquier estructura de grupo grande son rutinariamente señaladas para auditoría.


Glosario

Términos clave utilizados en este análisis

Acuerdo Previo sobre Ingresos de Rentas (APR)
Un compromiso vinculante por una autoridad fiscal nacional, emitido antes de que las transacciones tengan lugar, confirmando cómo aplicará la ley fiscal a un acuerdo específico. Ampliamente utilizado para certeza en fijación de precios de transferencia. No vincula a la Comisión para fines de ayudas estatales.
Principio de precio de plena competencia
El requisito de que las transacciones intragrupo sean fijadas en precios como si las partes fueran independientes y actuaran en sus propios intereses. Consagrado en el Artículo 9 de la Convención Modelo de la OCDE y en la ley doméstica de la mayoría de países. Central tanto para análisis de fijación de precios de transferencia como de ayudas estatales.
TNMM (Método de Márgenes Netos de Transacciones)
Uno de cinco métodos de fijación de precios de transferencia de la OCDE. Benchmarkea el margen de beneficio neto de la parte testeada (la entidad más simple) contra empresas independientes comparables. El método más ampliamente utilizado en la práctica porque comparables fiables están más fácilmente disponibles que para otros métodos.
Parte testeada
La parte a una transacción intragrupo seleccionada para benchmarking bajo el TNMM. Debería ser la entidad que realiza las funciones menos complejas y para la que los comparables más fiables están disponibles. La identificación correcta es crítica: poner la entidad incorrecta en el rol de parte testeada distorsiona sistemáticamente el resultado.
Indicador de Nivel de Beneficio (INB)
La relación financiera utilizada para medir la rentabilidad de la parte testeada bajo el TNMM. Los INB comunes incluyen retorno sobre costos operativos, retorno sobre activos y margen operativo. El INB debe ser internamente consistente y no susceptible a circularidad donde la transacción benchmarkeada en sí misma afecta el denominador.
Desajuste híbrido
Una diferencia estructural en cómo una entidad o instrumento es clasificada para fines fiscales en dos jurisdicciones diferentes, explotada para producir no tributación doble o deducción sin inclusión. Ahora se aborda por ATAD 2 (Directiva 2017/952/UE) en todos los Estados Miembros de la UE.
LuxSCS
Amazon Europe Holding Technologies SCS. Una sociedad en comandita simple de Luxemburgo (société en commandite simple) que tiene la propiedad intelectual europea de Amazon. No tenía empleados. Transparente para fiscal de Luxemburgo; tratada como una corporación en los EE.UU. bajo check-the-box. Recibió la regalía de LuxOpCo.
LuxOpCo
Amazon EU S.à r.l. La empresa operadora de Luxemburgo que dirigía los negocios europeos de Amazon, empleaba a la fuerza laboral, celebraba contratos con clientes y gestionaba la plataforma tecnológica. Su ingreso imponible fue comprimido por la regalía a LuxSCS.
Acuerdo de Distribución de Costos (ADC)
Un acuerdo bajo el cual empresas relacionadas comparten los costos de desarrollar un activo intangible, y cada una tiene derecho a usar la propiedad intelectual resultante en sus respectivos territorios geográficos o de producto. Las cuotas de costos y beneficios de las entidades participantes deben ser proporcionales y fijadas en precio de plena competencia.
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