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Canon de la UE / Ayudas estatales

La Decisión sobre ayudas estatales de Apple / Irlanda

La Decisión de la Comisión (UE) 2017/1283 constató que dos acuerdos tributarios irlandeses previos a la imposición, emitidos en 1991 y 2007, habían dirigido casi todos los beneficios europeos de Apple hacia entidades ficticias sin empleados y sin sustancia económica, resultando en una tasa impositiva efectiva que cayó por debajo del 1 % en algunos años. La Comisión ordenó a Irlanda recuperar aproximadamente 13.000 millones de EUR. Después de una anulación en 2020 y una inversión en 2024, la recuperación está confirmada.

Adoptada 30 de agosto de 2016 CELEX 32017D1283 SA.38373 Art 107(1) y 108(2) TFUE
Balanza de justicia en un escritorio, simbolizando la ley de competencia de la UE y la aplicacion de ayudas estatales
Foto: RDNE Stock project via Pexels | Aplicacion de ayudas estatales: la decision de Apple de la Comision establecio un precedente historico para el escrutinio de asignacion de beneficios y acuerdos tributarios previos
~13.000 mill. EUR
Recuperacion ordenada
Hasta aproximadamente 13.000 millones de EUR mas intereses compuestos, cubriendo los anos fiscales 2003 a 2014. La cantidad exacta se dejo a Irlanda para calcular; aproximadamente 14.300 millones de EUR incluyendo intereses se pusieron en deposito en garantia.
2
Acuerdos tributarios controvertidos
Dos acuerdos tributarios previos de Hacienda Publica Irlandesa: enero de 1991 y mayo de 2007. Ninguno fue acompanado de un estudio de precios de transferencia. El acuerdo de 1991 se mantuvo durante 15 anos sin revision.
< 1%
Tasa impositiva efectiva (anos pico)
En algunos anos, la tasa impositiva efectiva de ASI sobre los beneficios europeos cayo a alrededor del 0,005%. La tasa impositiva de sociedades estandar de Irlanda sobre la renta comercial es del 12,5 %.
10 de septiembre de 2024
Sentencia final del TJUE
Asunto C-465/20 P: el Tribunal de Justicia anuló la sentencia de anulacion del Tribunal General de 2020 y confirmo la decision de la Comision. La recuperacion es ahora definitiva.

Que sucedio

Una decada de investigacion, una decision historica, y una batalla judicial de ocho anos culminando en una sentencia de 2024 de la Corte Suprema de la UE.

El punto de partida: dos acuerdos tributarios

Entre 1980 y 2014, Hacienda Publica Irlandesa emitio acuerdos tributarios previos a dos empresas de Apple constituidas en Irlanda, Apple Sales International (ASI) y Apple Operations Europe (AOE), estableciendo como se calcularia su ingreso tributario imponible en Irlanda. Los acuerdos tributarios previos son una herramienta fiscal comun y legitima: le dan a una empresa certidumbre sobre como se aplicara la ley a sus circunstancias especificas.

La preocupacion de la Comision no era que los acuerdos existieran, sino que su contenido se alejaba tanto de lo que cualquier aplicacion razonable de la ley tributaria irlandesa hubiera producido. Ambas empresas tenian casi toda su sustancia economica en sus sucursales irlandesas: cientos de empleados, operaciones de abastecimiento y distribucion, una instalacion de fabricacion en Cork, y la responsabilidad de obligaciones de garantia en mas de 100 paises. Sin embargo, los acuerdos asignaban casi todos los beneficios a oficinas centrales que no tenian empleados, sin locales fisicos y sin capacidad de gestion en ningun lugar del mundo.

La investigacion de la Comision

En junio de 2014, tras informes de medios de comunicacion y una investigacion del Senado estadounidense, la Comision Europea abrio una investigacion formal sobre ayudas estatales conforme al articulo 108(2) TFUE. Irlanda y Apple cooperaron proporcionando documentacion exhaustiva incluyendo todas las actas de juntas directivas de 1980 a 2015, correspondencia con Hacienda Publica Irlandesa, y los registros financieros subyacentes de ASI y AOE.

Despues de mas de dos anos de investigacion, la Comision adopto su decision final el 30 de agosto de 2016. El texto completo (C(2016) 5605 final) se publico posteriormente en el Diario Oficial como Decision (UE) 2017/1283 el 19 de septiembre de 2017.

El hallazgo central en lenguaje sencillo

Hacienda Publica Irlandesa acepto, sin ningun analisis independiente, la caracterizacion propia de Apple de sus sucursales irlandesas como realizando funciones rutinarias de bajo valor y sus oficinas centrales como los "emprendedores" que generaban valor y tenian derecho a la mayor parte de los beneficios. Las oficinas centrales eran ficciones legales: no tenian empleados, sin oficinas, sin cuentas bancarias y no realizaban ninguna decision comercial. Conforme al Derecho de ayudas estatales de la UE, asignar beneficios a entidades incapaces de generarlos no es una aplicacion legitima del sistema tributario. Es una ventaja selectiva conferida a una empresa especifica, financiada por los ingresos tributarios perdidos de Irlanda.

La empresa y los acuerdos

Como se estructuraron ASI y AOE, por que no eran residentes fiscales en ningun lugar, y que dijeron realmente los acuerdos de 1991 y 2007.

ASI
Apple Sales International
Constituida en Cork, Irlanda. No residente fiscal en Irlanda ni en ningun otro lugar. Tenia los derechos beneficiarios sobre las licencias de propiedad intelectual de Apple para todos los mercados fuera de las Americas conforme a un Acuerdo de Distribucion de Costos con Apple Inc. en California. Su sucursal irlandesa adquirio bienes terminados de fabricantes (principalmente Foxconn), distribuyo productos Apple en EMEIA y APAC, opero soporte post-venta AppleCare, gestiono responsabilidades de garantia y opero marketing localizado. Las ventas anuales crecieron de 3.700 millones de USD (2003) a mas de 67.500 millones de USD (2014).
AOE
Apple Operations Europe
Constituida en Cork, Irlanda. No residente fiscal en Irlanda ni en ningun otro lugar. Fabrico productos informaticos especializados, incluyendo iMac y MacBook, en una instalacion de Cork para la region EMEIA. Tambien proporciono servicios compartidos en finanzas, tecnologia de la informacion y recursos humanos a otras entidades de Apple. Su sucursal irlandesa empleaba a cientos de personal. Como ASI, su oficina central no tenia empleados, sin locales fisicos y no realizaba funciones comerciales sustantivas.

Por que no eran residentes fiscales en ningun lugar?

Conforme a la Seccion 23A de la Ley de Consolidacion de Impuestos de 1997 (TCA 97), una empresa constituida en Irlanda no era automaticamente residente fiscal en Irlanda si su gestion y control central estaba fuera de Irlanda. ASI y AOE eran gestionadas (sobre el papel) por juntas directivas que celebraban sus reuniones fuera de Irlanda. Tampoco eran residentes fiscales en los Estados Unidos, porque conforme a la ley estadounidense una empresa constituida fuera de los EE.UU. no era residente fiscal estadounidense. El resultado fue que ASI y AOE cayeron entre las grietas de las reglas de residencia de ambos paises, convirtiendose efectivamente en apátridas para propositos fiscales. La Seccion 23A fue posteriormente enmendada por Irlanda en 2015 para cerrar esta brecha.

El acuerdo de 1991

Acuerdo tributario previo de enero de 1991

El acuerdo establecio los beneficios de la sucursal irlandesa para ASI en el 12,5 % de sus costos operativos (excluyendo materiales para reventa). Para AOE, el acuerdo aplicaba el 65 % de costos operativos hasta 60-70 millones de USD, y el 20 % en costos por encima de ese umbral. Estos umbrales parecen haber sido negociados en el contexto de los compromisos de empleo de Apple en Irlanda mas que derivados de ningun estudio de precios de transferencia. Ningun informe de precios de transferencia ni analisis funcional se proporciono con la solicitud de acuerdo, y Hacienda Publica Irlandesa no encargo uno independientemente.

El acuerdo permanecio en vigor durante aproximadamente 15 anos, durante los cuales las operaciones irlandesas de Apple crecieron dramaticamente y sus productos cambiaron fundamentalmente, sin que se activara ninguna clausula de revision.

El acuerdo de 2007

Acuerdo tributario previo de mayo de 2007

El acuerdo revisado cambio el metodo para ASI y AOE a aproximadamente 10-15 % de costos operativos de la sucursal (excluyendo cargos entre filiales y costos de materiales). Para AOE, anadio una rentabilidad suplementaria de aproximadamente 1-5 % de facturacion de la sucursal para reflejar la utilizacion de PI. PricewaterhouseCoopers (PwC) presento un informe de precios de transferencia en apoyo del acuerdo de 2007. La Comision constato que este informe era defectuoso: utilizaba las sucursales irlandesas como la parte evaluada en lugar de las oficinas centrales, utilizaba costos operativos como el indicador de nivel de beneficio para un distribuidor de alto volumen, y no comparaba adecuadamente los rendimientos. El acuerdo se mantuvo hasta septiembre de 2014 cuando ASI y AOE reestructuraron su situacion de residencia fiscal en Irlanda tras el proceso BEPS de la OCDE.

Acuerdo Ano Metodo ASI Metodo AOE Estudio de precios de transferencia?
Acuerdo de 1991 Enero de 1991 12,5% de costos operativos 65% hasta 60-70m USD, luego 20% Ninguno
Acuerdo de 2007 Mayo de 2007 ~10-15% de costos operativos ~10-15% costos + ~1-5% facturacion Informe PwC (encontrado deficiente)

La decision y la recuperacion de 13.000 millones de EUR

La conclusion operativa de la Comision: los acuerdos constituian ayudas estatales, la ayuda es incompatible con el mercado interno, e Irlanda debe recuperarla.

La conclusion operativa

El articulo 1 de la Decision (UE) 2017/1283 establece: "La ayuda estatal en forma de ventajas tributarias concedidas a Apple Sales International y Apple Operations Europe por Irlanda sobre la base de los acuerdos tributarios previos de 29 de enero de 1991 y 23 de mayo de 2007 [...] es incompatible con el mercado interno dentro del significado del articulo 107(1) [TFUE]."

El articulo 2 requiere a Irlanda recuperar la ayuda de ASI y AOE, incluyendo intereses compuestos desde la fecha en que cada ventaja fue concedida.

Periodo de recuperacion y metodo de calculo

El periodo recuperable

El poder de la Comision para ordenar la recuperacion se limita a ayudas concedidas dentro de 10 anos antes de la primera medida que interrumpe el plazo de prescripcion (articulo 17 del Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo). La Comision envio su primera solicitud formal de informacion a Irlanda el 12 de junio de 2013, interrumpiendo el plazo de prescripcion en esa fecha. El periodo recuperable por lo tanto corre desde 12 de junio de 2003 (la fecha de corte 10 anos antes de la interrupcion) hasta 27 de septiembre de 2014, el ultimo dia del ano fiscal 2014 de ASI y AOE, cuando el acuerdo de 2007 dejo de aplicarse tras la reestructuracion de la residencia fiscal de las empresas.

Como calcular la cantidad

La Comision instruyo a Irlanda que calculara la cantidad recuperable comparando:

  • Impuesto realmente pagado: el impuesto de sociedades pagado por ASI y AOE conforme a los acuerdos controvertidos en cada ano fiscal de 2003 a 2014.
  • Impuesto que deberia haber sido pagado: impuesto de sociedades calculado asignando todos los beneficios comerciales de ASI y AOE a sus sucursales irlandesas, aplicando las tasas de impuesto de sociedades estandar de Irlanda.

La Comision especifico que ciertas deducciones permanecieron permitidas: intereses atribuibles a capital de liquidez gestionado pasivamente por Braeburn Capital (una filial de tesoreria de Apple), deducciones de capital limitadas acordadas en el acuerdo de 1991, y beneficios de sucursal gravados en Singapur donde ASI mantenia una sucursal operativa.

La Comision no fijo la cantidad recuperable en la decision misma, senalando que la cifra podia ser "hasta aproximadamente 13.000 millones de EUR" pero dejando el calculo exacto a Irlanda y sus autoridades tributarias. Este enfoque fue controvertido ante el Tribunal General (ver abajo).

La cuenta en deposito en garantia

Irlanda deposito aproximadamente 13.100 millones de EUR mas intereses, totalizando aproximadamente 14.300 millones de EUR, en un fondo en deposito en garantia pendiente de la resolucion del litigio. Este arreglo fue acordado entre Irlanda y la Comision para permitir tiempo para los procedimientos judiciales mientras se preservaba la cantidad recuperable.

Base legal Disposicion Rol en este caso
Articulo 107(1) TFUE Prohibicion de ayudas estatales Prohibicion primaria; las cuatro condiciones acumulativas que la Comision debe probar
Articulo 108(2) TFUE Procedimiento de investigacion Autoriza a la Comision a abrir y concluir investigaciones formales en ayudas estatales sospechosas
Art 16, Reg (UE) 2015/1589 Recuperacion Requiere a los Estados miembros recuperar ayudas ilegales e incompatibles; proporciona intereses compuestos
Art 17, Reg (UE) 2015/1589 Plazo de prescripcion Recuperacion limitada a ayudas concedidas en los 10 anos antes de la primera medida de interrupcion
Art 62(1)(a) Acuerdo EEE Reglas de ayudas estatales del EEE Disposicion espejo de articulo 107(1) TFUE; aplica al mercado EEE donde ASI tambien operaba

La batalla judicial y el resultado final de 2024

La decision de la Comision fue anulada en 2020 y luego reafirmada en 2024 en una sentencia historica del Tribunal de Justicia.

Tribunal General: anulacion el 15 de julio de 2020

Tanto Irlanda (Asunto T-778/16) como Apple (Asunto T-892/16) impugnaron la decision de la Comision ante el Tribunal General de la Union Europea. El Tribunal General dicto su sentencia el 15 de julio de 2020 y anuló la decision.

El hallazgo central del Tribunal General fue que la Comision no habia demostrado al nivel legal requerido que los metodos de asignacion de beneficios endosados por los acuerdos se apartaban de un resultado de plena competencia. Especificamente, el Tribunal General sostuvo:

  • La linea de razonamiento primaria de la Comision no habia probado que las oficinas centrales carecieran verdaderamente de sustancia economica. El Tribunal General acepto que las oficinas centrales, incluso sin empleados, podrian haber sido tratadas como los controladores funcionales de las licencias de PI en virtud de las decisiones de la junta.
  • La linea subsidiaria de la Comision tampoco habia sido probada al nivel requerido: el Tribunal General constato que las criticas metodologicas no estaban suficientemente establecidas.
  • La Comision no habia demostrado que los acuerdos produjeron un nivel de asignacion de beneficios que fuera irreconciliable con una aproximacion confiable de plena competencia.
Tribunal de Justicia: inversion el 10 de septiembre de 2024

La Comision apelo al Tribunal de Justicia (Asunto C-465/20 P). El 10 de septiembre de 2024, la Gran Sala del Tribunal de Justicia anuló la sentencia del Tribunal General en su totalidad y dicto sentencia final confirmando la decision de la Comision.

El TJUE constato que el Tribunal General habia cometido varios errores de derecho:

  • Estandar de examen incorrecto: El Tribunal General habia sustituido su propia evaluacion de los hechos por la de la Comision, yendo mas alla del alcance permitido del examen judicial de una evaluacion economica compleja.
  • Malinterpretacion de la linea principal: El Tribunal General habia requerido incorrectamente que la Comision probara que las oficinas centrales estaban completamente vacies. El hallazgo de la Comision fue que, dada la ausencia de empleados o capacidad de gestionar PI, ningun participante en plena competencia habria asignado los beneficios de PI a esas entidades. Ese hallazgo fue suficiente.
  • Malinterpretacion de la linea subsidiaria: El Tribunal General habia rechazado las criticas metodologicas de la Comision sin examinar adecuadamente su fundamento legal. El TJUE constato que las criticas estaban bien fundadas.

El TJUE dicto sentencia final el mismo en lugar de devolver el caso. Esto significa que no hay ninguna otra vía judicial: la decision de la Comision se mantiene, e Irlanda esta obligada a aplicar la orden de recuperacion. Los fondos en deposito en garantia deben ser liberados y aplicados conforme la decision requiere.

Lo que la sentencia de 2024 significa para la ley de ayudas estatales de la UE

La sentencia del TJUE es significativa por tres razones. Primero, confirma que el principio de plena competencia, como se deriva del articulo 107(1) TFUE, vincula a los Estados miembros y que los acuerdos tributarios que respaldan asignaciones de beneficios fuera del mercado pueden constituir ayudas estatales ilegales. Segundo, confirma que el analisis de "funciones de personas significativas" se aplica: el beneficio debe seguir a las entidades que realmente gestionar activos que generan valor. Tercero, establece que el estandar de examen del Tribunal General en casos economicos complejos no debe convertirse en una reevaluacion de los meritos economicos: el analisis de la Comision debe demostrar que contiene errores manifiestos, no meramente que llega a conclusiones diferentes de las que habria alcanzado el tribunal.

Lo que significa para los negocios

Principios de cumplimiento practico para multinacionales que buscan acuerdos previos o gestionan estructuras de titularidad de PI dentro de la UE.

Sustancia sobre forma
Una oficina central asignada beneficios residuales debe tener empleados reales realizando funciones de gestion activa para los activos en cuestion. Una direccion registrada y una junta sobre papel no son suficientes. Estructure la entidad legal alrededor de la ubicacion genuina de toma de decisiones.
Documentacion contemporanea
Toda solicitud de acuerdo tributario previo concerniente a precios de transferencia o asignacion de beneficios debe ser apoyada por un analisis funcional contemporaneo y un informe de precios de transferencia. Los acuerdos emitidos sin documentacion son la primera senal de un resultado fuera de plena competencia.
Parte evaluada correcta
La parte evaluada en un metodo de asignacion de beneficios unilateral debe ser la entidad genuinamente menos compleja. Si su sucursal emplea a cientos de personal realizando funciones que generan riesgo, no es la parte menos compleja incluso si los registros del grupo la tratan como una operacion "rutinaria".
Indicador de nivel de beneficio correcto
Para un distribuidor que soporta riesgos reales, use ventas o costos totales, no solo costos operativos. Para un fabricante con inventario significativo, use costos totales. La eleccion debe ser justificada por escrito antes de que el acuerdo sea emitido, no reconstruida despues de que una investigacion abra.
Validez del acuerdo y revision
Los acuerdos de precios previos deben ser limitados en tiempo (tres a cinco anos es comun), contener disparadores de cambios materiales, y ser revisados periodicamente. Un acuerdo abierto que permanece sin cambios mientras el negocio crece ocho veces no puede confiablemente aproximarse a resultados de mercado.
Cumplimiento de ayudas estatales como riesgo tributario
Un acuerdo aprobado por una autoridad tributaria nacional y consistente con la ley nacional puede aun ser invalidado como ayuda estatal ilegal, con recuperacion mas intereses compuestos. Las multinacionales deben integrar el cumplimiento de ayudas estatales de la UE en su marco de riesgo de planificacion fiscal junto con consideraciones domesticas y de la OCDE.

El panorama post-Apple: que ha cambiado?

El caso de Apple fue parte de un cambio mas amplio en la aplicacion de ayudas estatales de la UE. La Comision tambien investigo ventajas fiscales selectivas concedidas por Belgica (acuerdos de beneficio excesivo), Luxemburgo (Fiat Finance), Luxemburgo (Amazon), y los Paises Bajos (Starbucks) en el mismo periodo. La sentencia de Apple refuerza:

  • La Comision activamente revisa acuerdos tributarios previos que se relacionan con precios de transferencia o asignacion de beneficios para grandes grupos multinacionales que operan en la UE.
  • La directiva DAC6 (divulgacion obligatoria de arreglos transfronterizos) y el minimo global de OCDE Pillar Two (tasa efectiva del 15 %) ahora aden capas adicionales de escrutinio y obligaciones de informacion que se solapan con consideraciones de ayudas estatales.
  • Irlanda enmendo la Seccion 23A TCA 97 en 2015 para cerrar la brecha de entidad apátrida. Las empresas constituidas en Irlanda ahora son automaticamente residentes fiscales de Irlanda a menos que una clausula de desempate de tratado aplique.
  • La adopcion por la UE de una directiva de Impuesto Minimo Global (Directiva 2022/2523 del Consejo) implementando OCDE Pillar Two significa que el tipo de tasas impositivas efectivas sub-1 % que caracterizaban la estructura de Apple ahora estan sujetas a un impuesto complementario minimo en todos los Estados miembros de la UE.

Cronologia

Desde el primer acuerdo en 1991 hasta la sentencia final del TJUE en 2024.

Enero de 1991
Hacienda Publica Irlandesa emite primer acuerdo tributario previo a ASI y AOE. El acuerdo establece beneficio tributario de la sucursal como porcentaje de costos operativos. No se proporciona estudio de precios de transferencia. El acuerdo se mantuvo sin revision durante 15 anos.
Mayo de 2007
Hacienda Publica Irlandesa emite acuerdo tributario previo revisado a ambas empresas. PwC presenta un informe de precios de transferencia en apoyo. La Comision posteriormente hallara que el informe es metodologicamente defectuoso. El acuerdo revisado se mantuvo hasta septiembre de 2014.
Mayo de 2013
La Subcomision Permanente de Investigaciones del Senado estadounidense publica un informe sobre cambio de beneficios al exterior, examinando la estructura irlandesa de Apple en detalle. El informe atrae atencion internacional a los arreglos tributarios.
12 de junio de 2013
La Comision Europea envia su primera solicitud formal de informacion a Irlanda. Esto interrumpe el plazo de prescripcion de 10 anos conforme al Reglamento (UE) 2015/1589, fijando el inicio del periodo recuperable en 12 de junio de 2003.
11 de junio de 2014
La Comision abre formalmente la investigacion sobre ayudas estatales conforme al articulo 108(2) TFUE y publica una invitacion a los Estados miembros y partes interesadas para que presenten observaciones.
Septiembre de 2014
ASI y AOE reestructuran su residencia fiscal en Irlanda, convirtiendose en residentes fiscales de Irlanda. El acuerdo de 2007 deja de aplicarse. El periodo recuperable termina (27 de septiembre de 2014, ultimo dia de su ano fiscal 2014).
30 de agosto de 2016
La Comision adopta decision final C(2016) 5605 final, hallando que Irlanda concedio ayudas estatales ilegales a ASI y AOE e ordenando recuperacion de hasta aproximadamente 13.000 millones de EUR mas intereses compuestos.
19 de septiembre de 2017
Decision publicada en el Diario Oficial como Comision Decision (UE) 2017/1283. CELEX 32017D1283. Irlanda y Apple presenten acciones de anulacion ante el Tribunal General.
2018
Irlanda deposita aproximadamente 14.300 millones de EUR (incluyendo intereses) en un fondo en deposito en garantia pendiente de la resolucion del litigio.
15 de julio de 2020
El Tribunal General (Asuntos T-778/16 y T-892/16) anula la decision de la Comision, hallando que la Comision no habia probado al nivel requerido que los acuerdos se apartaban de un resultado de plena competencia.
Septiembre de 2020
La Comision apela al Tribunal de Justicia (Asunto C-465/20 P). Irlanda y Apple contraapelen en ciertos fundamentos.
10 de septiembre de 2024
Tribunal de Justicia (Gran Sala, Asunto C-465/20 P) anula la sentencia del Tribunal General y dicta sentencia final confirmando la decision de la Comision completa. La recuperacion esta confirmada. Los fondos en deposito en garantia deben ser liberados y aplicados conforme la decision requiere. Este es el final definitivo del litigio.

Preguntas frecuentes

Respuestas claras a las preguntas mas comunes sobre el caso de ayudas estatales de Apple.

Apple quebanto la ley?

Apple no quebanto ninguna ley. El hallazgo de la Comision no fue que Apple actuara ilegalmente, sino que Irlanda habia concedido a las empresas de Apple una ventaja tributaria que era incompatible con las reglas de ayudas estatales de la UE. Las ayudas estatales son una obligacion para los Estados miembros, no para el beneficiario. Apple tenia derecho a solicitar los acuerdos y a planificar sus asuntos dentro de los terminos que Hacienda Publica Irlandesa ofrecio. La obligacion de recuperar la ayuda cae principalmente sobre Irlanda.

Irlanda tuvo que devolver 13.000 millones de EUR?

Irlanda estaba obligada a recuperar la ayuda de Apple, no a pagarla de sus propios fondos. El calculo produjo aproximadamente 13.100 millones de EUR en impuestos atrasados, y aproximadamente 1.200 millones de EUR en intereses compuestos, totalizando aproximadamente 14.300 millones de EUR puestos en deposito en garantia. Tras la sentencia del TJUE de 2024, esos fondos deben ser aplicados conforme la decision requiere: fluyen hacia el Tesoro irlandes. Irlanda consistentemente disputo la decision de la Comision y argumento que no habia concedido ayudas estatales, pero el Tribunal de Justicia ha ahora confirmado lo contrario.

Que es el principio de plena competencia y por que importa aqui?

El principio de plena competencia es el estandar utilizado para evaluar si las transacciones entre partes relacionadas (miembros del mismo grupo corporativo) tienen precios como lo serian entre partes independientes negociando libremente en el mercado. En este caso, la Comision lo aplico a la asignacion de beneficios dentro de ASI y AOE: pregunto si una empresa independiente hubiera asignado los beneficios de gestionar y explotar la PI de Apple a una entidad sin empleados y sin capacidad para gestionar nada. La respuesta fue no. El principio de plena competencia en la ley de ayudas estatales de la UE se deriva del articulo 107(1) TFUE y se aplica a todos los Estados miembros independientemente de si lo han codificado en su ley tributaria nacional.

Por que el Tribunal General anuló la decision en 2020?

El Tribunal General constato que la Comision no habia probado su caso al nivel requerido. En la linea principal, el Tribunal General acepto que las oficinas centrales, incluso sin empleados, podrian haber sido tratadas como controladores de las licencias de PI en virtud de la autoridad formal de la junta. En la linea subsidiaria, constato que las criticas metodologicas fueron insuficientemente demostradas. La sentencia del Tribunal de Justicia de 2024 constato que ambas conclusiones contenian errores de derecho: el Tribunal General habia aplicado un estandar demasiado estricto a la linea principal de la Comision e incorrectamente habia rechazado los hallazgos secundarios.

Afecta esto a otras multinacionales con operaciones irlandesas?

La decision concierne solo a ASI y AOE y los acuerdos tributarios previos especificos que recibieron. La tasa de impuesto de sociedades estandar de Irlanda del 12,5 % sobre la renta comercial no es afectada y esta ampliamente disponible para todas las empresas que operan en Irlanda. El caso refuerza que los acuerdos tributarios previos deben basarse en sustancia economica genuina y metodos de plena competencia, no en asignaciones negociadas a entidades que no realizan funciones. Cualquier multinacional que tenga PI en una entidad irlandesa y encamine beneficios a traves de esa entidad debe asegurar que la entidad tenga empleados reales realizando funciones de gestion reales.

Donde puedo leer la decision completa?

La decision completa esta disponible publicamente en EUR-Lex como CELEX 32017D1283. La decision original de la Comision de 2016 fue publicada como C(2016) 5605 final y tambien esta disponible a traves del registro de ayudas estatales de la DG de Competencia bajo SA.38373.

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