La propuesta de la Comisión Europea para sustituir la Directiva 2011/7/UE por un Reglamento de aplicación directa. Plazos de pago más estrictos, penalizaciones automáticas y autoridades de ejecución independientes para proteger a las pýmes.
Por qué la Comisión propuso sustituir la Directiva de 2011 por un Reglamento
Miles de pequeñas y medianas empresas quiebran cada año esperando el cobro de sus facturas. La morosidad es la principal causa de problemas de liquidez para las pýmes, y la Directiva de 2011 no ha logrado resolver el problema porque los Estados miembros la aplicaron de forma inconsistente y la ejecución fue débil.
COM(2023)533, publicada el 12 de septiembre de 2023. Parte del Paquete de Medidas para las Pýmes.
Roza Thun und Hohenstein (Renew, Polonia) presentó el informe provisional de la comisión IMCO (PE756.002) el 14 de noviembre de 2023
El ponente apoyó en términos generales la propuesta de la Comisión, pero introdujo modificaciones clave para equilibrar la protección de las pýmes con la flexibilidad empresarial. Sus principales aportaciones fueron: introducir flexibilidad en el plazo de pago de hasta 60 días en operaciones B2B cuando exista acuerdo mutuo; exigir que las autoridades de ejecución sean independientes de los órganos de contratación pública; añadir una exención para el sector minorista en productos de rotación lenta y estacionales; y crear un marco de información pública sobre las prácticas de pago de las entidades adjudicadoras.
Manteniendo el plazo por defecto de 30 días, el ponente propuso permitir plazos de pago B2B de hasta 60 días cuando las partes lo acordasen expresamente. Esta fue la desviación más significativa respecto al texto de la Comisión, que no admitía ninguna flexibilidad.
El ponente insistió en que las autoridades de ejecución deben ser independientes de otras autoridades públicas, incluidas las que participan en procedimientos de contratación pública. El objetivo era evitar conflictos de interés cuando las propias autoridades públicas son morosas.
Se propusieron plazos de pago ampliados de hasta 120 días para el sector minorista que comercializa productos de rotación lenta o estacionales. Esto reconocía la dinámica específica de flujo de caja de las cadenas de suministro minoristas.
Las entidades adjudicadoras deberían informar anualmente sobre sus prácticas de pago, clasificando los pagos en intervalos (1-30, 31-60, 61-90, más de 90 días) e indicando el tiempo medio de pago. Los informes deben remitirse a las autoridades de ejecución y ser públicamente accesibles.
405 enmiendas presentadas (PE757.130: enmiendas 26-223; PE757.363: enmiendas 224-405)
Los miembros de la IMCO presentaron 405 enmiendas al informe provisional del ponente, lo que refleja profundas divisiones sobre el equilibrio entre la protección de las pýmes y la libertad contractual. El principal campo de batalla fue el plazo máximo de pago: la Comisión defendía un límite estricto de 30 días sin excepciones, el ponente propuso una flexibilidad B2B de 60 días, y varios eurodiputados abogaron por una mayor flexibilidad o exenciones sectoriales.
Varias enmiendas buscaban modificar el marco de plazos de pago. Algunos eurodiputados respaldaron el límite estricto de 30 días de la Comisión, argumentando que cualquier flexibilidad sería aprovechada por las grandes empresas en detrimento de las pýmes. Otros promovían exenciones más amplias, incluidos plazos de 90 días para sectores específicos como la construcción y la agricultura.
La enmienda 51 eliminó la expresión "sin necesidad de reclamación previa" en relación con la compensación de importe fijo. El texto adoptado establece que la compensación es exigible automáticamente, pero no obliga al deudor a pagar sin ser requerido. Se añadieron restricciones a la renuncia a derechos cuando el deudor sea una autoridad pública o una gran empresa.
Las autoridades de ejecución deben ser independientes de otras autoridades públicas, incluidas las que participan en procedimientos de contratación pública. Esto se añadió expresamente para evitar conflictos de interés, ya que las autoridades públicas son con frecuencia ellas mismas morosas.
Las autoridades de ejecución adoptarán medidas "proporcionadas" (término añadido) para garantizar el cumplimiento de los plazos de pago. El objetivo era evitar una ejecución excesivamente agresiva que pudiera dañar las relaciones comerciales.
Las autoridades de ejecución deben poner a disposición del público información agregada sobre el número de reclamaciones presentadas contra empresas y autoridades públicas por incumplimiento del artículo 3 (plazos de pago).
Las microempresas (menos de 10 trabajadores) disponen de un período de gracia adicional de 12 meses como deudoras, en reconocimiento de su especial vulnerabilidad ante cambios normativos repentinos en las prácticas de pago.
T9-0299/2024, adoptado el 23 de abril de 2024. Votación en la IMCO: 33 a favor, 10 en contra, 2 abstenciones.
El Parlamento Europeo adoptó su posición en primera lectura el 23 de abril de 2024, incorporando las principales modificaciones del ponente y varias enmiendas de la comisión. El texto mantiene el plazo por defecto de 30 días, pero añade una flexibilidad significativa para las relaciones B2B, adaptaciones sectoriales y mayoría de garantías de ejecución. Fue adoptado con una cómoda mayoría (33-10-2 en comisión), aunque la oposición refleja las preocupaciones del sector sobre la libertad contractual.
Propuesta de la Comisión frente al texto adoptado por el PE frente a la Directiva 2011/7/UE vigente
| Disposición | Directiva 2011/7/UE (vigente) | COM(2023)533 (Comisión) | T9-0299/2024 (PE adoptado) |
|---|---|---|---|
| Tipo de instrumento | Directiva (requiere transposición) | Reglamento (efecto directo) | Reglamento (efecto directo) |
| Plazo de pago B2B | 60 días (salvo acuerdo en contrario) | 30 días (sin flexibilidad) | 30 días por defecto, 60 días si hay acuerdo |
| Plazo de pago G2B | 30 días (excepcionalmente 60) | 30 días | 30 días |
| Exención sector minorista | No prevista | No prevista | Hasta 120 días (productos estacionales) |
| Compensación de importe fijo | Mínimo 40 EUR | 50/100/150 EUR (por tramos) | 50/100/150 EUR (por tramos) |
| Activación de la compensación | Manual (el acreedor debe reclamar) | Automática (sin necesidad de reclamación) | Automática (disposición de reclamación suavizada) |
| Ejecución | No se exige ningún organismo específico | Se exigen autoridades nacionales | Se exigen autoridades independientes |
| Título ejecutivo acelerado | No especificado | 90 días naturales | 60 días naturales |
| Información pública | No prevista | Limitada | Las entidades adjudicadoras deben informar anualmente |
| Protección de microempresas | No prevista | No prevista | Período de gracia de 12 meses como deudoras |
| Pagos de seguros | No está claro | Excluidos | Incluidos |
| Herramientas digitales | No mencionadas | No mencionadas | Artículo 17: ejecución digital y formación |
El sector, las asociaciones de pýmes y los organismos profesionales han adoptado posiciones firmes
En una declaración conjunta (marzo de 2025), estas tres grandes federaciones empresariales instaron a la Comisión a retirar la propuesta en su totalidad. Sus argumentos:
ICISA señala que, si bien se expresó un apoyo limitado a una regulación más estricta, muchos organismos que representan a empresas reclamaron mayor flexibilidad y una reconsideración de la propuesta. La versión del Parlamento suavizó algunas disposiciones, pero "en última instancia mantuvo el debilitamiento de la libertad contractual". Los Estados miembros expresaron su preocupación por la interacción con los regímenes nacionales existentes.
En su ficha informativa, AccountancyEurope ofrece un análisis equilibrado. Se espera que el Reglamento tenga un gran impacto en las pýmes: mejor liquidez, menos carga administrativa derivada del cobro de impagos y condiciones de competencia equitativas. Sin embargo, advierten de que las pýmes en calidad de deudoras también deben garantizar que pueden pagar dentro del plazo de 30 días, lo que tiene importantes implicaciones para el balance.
El Comité Económico y Social Europeo (CES3705/2023, 17 de enero de 2024) y el Comité de las Regiones (CDR4941/2023, 31 de enero de 2024) emitieron dictamen sobre la propuesta. Estos órganos consultivos apoyaron en general el objetivo de combatir la morosidad, si bien plantearon preocupaciones sobre los retos de aplicación para las autoridades públicas más pequeñas.
Una mayoría de Estados miembros se opone a la propuesta
Tras la adopción por el Parlamento Europeo de su posición en primera lectura en abril de 2024, la propuesta pasó al Consejo. Sin embargo, una mayoría de Estados miembros ha expresado su oposición en un documento no oficial fechado el 7 de junio de 2024. Sus principales preocupaciones coinciden con las del sector:
No se ha publicado ningún enfoque general ni texto de compromiso de la Presidencia. El expediente está en la práctica paralizado, y BusinessEurope, Eurochambres y EuroCommerce han pedido a la Comisión que retire la propuesta.
| Función | Nombre | Grupo / Institución |
|---|---|---|
| Ponente actual | Ivars Ijabs | Renew, Letonia (IMCO) |
| Ponente anterior | Roza Thun und Hohenstein | Renew, Polonia (IMCO) |
| Ponente alternativa (PPE) | Regina Doherty | PPE, Irlanda |
| Ponente alternativa (S&D) | Tsvetelina Penkova | S&D, Bulgaria |
| Ponente alternativo (PfE) | Jorge Martin Frias | PfE, España |
| Ponente alternativo (ECR) | Reinis Poznjaks | ECR, Letonia |
| Ponente alternativo (Verdes) | Reinier van Lanschot | Verdes/ALE, Países Bajos |
| Comisario original | Thierry Breton | DG GROW |
| DG responsable | DG GROW | Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pýmes |
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